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Plazo de conservación de documentos privados

La ley prescribe a los empresarios una obligación de conservación para determinados documentos y libros. Para la documentación privada existe una regulación diferente. Para las personas privadas no se aplican los plazos de conservación mercantiles o fiscales. Por ello, a menudo surgen preguntas en cuanto a los plazos de conservación aplicables para personas privadas. Por lo general, existen pocas obligaciones de conservación, se trata más bien de recomendaciones. No obstante, para determinados documentos privados se recomienda respetar un plazo de conservación. Esto afecta, por ejemplo, a documentación perteneciente a una declaración fiscal o facturas y documentación bancaria.

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¿Por qué existe un plazo de conservación para determinados documentos privados?

Para determinados documentos privados también se aplica una obligación de conservación con plazos de conservación establecidos. Al igual que ocurre con la obligación de conservación de documentación comercial se trata con ello de permitir la verificabilidad, incluso al cabo de años. Esto atañe, entre otros, sobre todo a facturas (oficios), recibos, así como documentación bancaria y fiscal. El plazo de conservación define el periodo de tiempo durante el cual deben archivarse los documentos.

Si bien la obligación de conservación atañe a unos pocos documentos privados, existen por otro lado recomendaciones de conservación. Así por ejemplo, se recomienda conservar los extractos bancarios, para los cuales pueden respetarse plazos de conservación privados.

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Bases legales de la obligación de conservación

El artículo 14b párrafo 1 S.5 n.°1 UstG (Ley sobre el volumen de ventas) regula la obligación de conservación para documentos privados, tales como facturas y resguardos de prestaciones sujetas a contribución. Según la ley, éstos deben conservarse durante dos años. 

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¿Qué documentación debería conservarse y durante cuánto tiempo?

La siguiente documentación privada debería/debe guardarse durante al menos 2 años:

  • Facturas de oficios
  • Facturas, contratos de compra, tickets de caja y documentos de garantía – el plazo de conservación de facturas, p. ej., debería ser de al menos dos años, ya que la obligación legal de garantía prescribe a los dos años
  • Los recibos de objetos de alto valor, incluidos en el seguro combinado del hogar – para poder demostrar al seguro su valor

¿Cuánto tiempo debo conservar los documentos fiscales?

El plazo de conservación de los documentos fiscales de particulares debe ser como mínimo hasta que se reciba la liquidación de impuestos, ya que la oficina tributaria puede solicitar los justificantes en cualquier momento.  La liquidación de impuestos también debe conservarse, ya que también se puede utilizar como prueba del nivel de ingresos.

Las personas con grandes rentas, con ingresos superiores a los 500 000 € anuales, están obligadas por ley a conservar los justificantes y los registros correspondientes durante 6 años.

¿Cuánto tiempo deben conservarse los documentos y extractos bancarios?

El plazo de conservación de los documentos bancarios privados debe ser como mínimo de 3 años. Esto también incluye el plazo de conservación de los extractos bancarios. Por lo tanto, los extractos y los documentos bancarios deben conservarse durante al menos tres años, ya que pueden utilizarse como justificantes, sobre todo en el caso de las compras más importantes. Pero no solo para las compras más grandes, también para pagos regulares como el alquiler, los extractos bancarios pueden servir como prueba de los pagos realizados, por lo que se recomienda un plazo de conservación de al menos tres años para los documentos y los extractos bancarios. 

¿Cuánto tiempo debo conservar las facturas?

Existe una obligación de conservar las facturas privadas para las facturas de comerciantes. Esta obligación de conservar una factura privada se aplica a todo el mundo y es de 2 años. Por lo tanto, existe la obligación de conservar las facturas privadas de los comerciantes para poder demostrar que todo se ha realizado correctamente en caso de duda. Sin embargo, también se recomienda conservar otras facturas privadas durante 2 años, ya que la garantía legal no vence hasta al cabo de dos años. Lo mismo se aplica a los contratos de compraventa, tiques de compra y documentos de garantía.


Periodo de conservación de por vida para los siguientes documentos

La siguiente documentación privada debería guardarse de por vida:

  • Todos los documentos del registro civil, como certificados de nacimiento y matrimonio
  • Documentación de pensiones y de la seguridad social
  • Certificados
  • Documentación del seguro de enfermedad
  • Documentos sobre adquisiciones inmobiliarias y extractos del registro de la propiedad

Por lo general se aplica la recomendación de conservar la documentación durante el tiempo de garantía.

Tenga en cuenta, que los plazos de conservación son válidos para Alemania. Las regulaciones legales pueden variar entre los países

La siguiente tabla le ofrece una descripción general de los plazos de conservación de algunos documentos privados.

Documentos sobre compras de inmuebles y extractos del registro de la propiedad: de por vida

Facturas de artesanos: 2 años

Documentos de garantía: 2 años

Certificado de nacimiento: de por vida

Nóminas (como prueba para reclamaciones de pensión): de por vida

Recibos: 2 años

Contratos de compra: 2 años

Extractos bancarios: al menos 3 años

Documentos del seguro médico: de por vida

Contrato de alquiler: al menos 3 años después de la finalización

Recibos: 2 años

Facturas: 2 años

Documentos de pensión y seguridad social: de por vida

Documentos del registro civil (p. ej., certificado de matrimonio): de por vida

Documentos relevantes para impuestos (p. ej., nóminas, recibos): 10 años

Certificado de defunción: de por vida

Documentos fiscales para personas con altos ingresos (ingresos > 500.000 €): 6 años

Contrato de seguro: al menos 3 años después de la expiración

Contratos (según importancia): de por vida

Certificados: de por vida

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¿Cuándo comienza el plazo de conservación?

El plazo de conservación para documentación privada comienza al final del año natural en el que se ha obtenido el documento. P. ej.: para una factura de un oficio de fecha 15/05/2019, el plazo de conservación comienza el 01/01/2020 y finaliza el 31/12/2021.


¿Cómo se destruyen los documentos privados después?

Si la obligación de conservar los documentos privados ha terminado y ya no se necesitan, pueden destruirse. En este caso debe asegurarse de que estos documentos deben destruirse conforme al RGPD en cuanto los documentos contengan datos personales confidenciales. Si la obligación de retención de los documentos privados termina y ya no se necesitan, se recomienda una trituradora de papel compatible con el RGPD para la destrucción de los documentos privados.

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Observaciones: Esto es un texto editorial del equipo de redacción. No incluye ninguna recomendación con respecto a las obligaciones ni los plazos de conservación. La información no es vinculante.